Juez ordena hacer cumplir la prohibición de ingreso de público a las corralejas
A pocas horas de iniciar la primera tarde de toros en las corralejas de Sincelejo, que se celebrarán del 20 al 25 de enero de 2026, un juez de la República profirió un auto de obligatorio cumplimiento mediante el cual impartió órdenes claras y directas al comandante de la Policía del departamento de Sucre, para que garantice el cumplimiento de la prohibición de ingreso del público a las corralejas, mientras no se acrediten todos los requisitos legales, técnicos y administrativos exigidos.

En la providencia, el despacho judicial fue enfático en señalar que la prohibición de apertura al público sigue vigente, y que corresponde a la Policía Nacional de Colombia ejercer control y vigilancia efectiva, impidiendo cualquier intento de habilitación irregular del escenario.
El auto deja claro que la orden judicial no es interpretativa ni discrecional, sino una instrucción expresa dirigida a la fuerza pública, cuyo propósito es proteger la vida, la integridad personal y la seguridad de la ciudadanía, ante un evento que implica concentración masiva de personas.
Así mismo, el juez advierte que la omisión, tolerancia o incumplimiento de esta orden faculta a la autoridad judicial para iniciar de oficio un incidente de desacato, con las consecuencias disciplinarias, administrativas y penales que prevé la ley para los funcionarios responsables.
La decisión se adopta dentro del trámite de una acción de tutela y refuerza el control institucional sobre las corralejas, estableciendo que ninguna autoridad local ni particular puede autorizar el ingreso del público mientras no exista una verificación integral del cumplimiento de los requisitos exigidos y una decisión judicial que así lo permita.
Desde La Certeza se informa que la orden judicial traslada una responsabilidad directa y específica al comando de la Policía en Sucre, llamado a actuar conforme a la Constitución y la ley, garantizando que la prohibición se cumpla de manera estricta.
La orden está en firme.
La autoridad responsable está definida.
Y su cumplimiento no es opcional.


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